miércoles, 22 de enero de 2020

¿Puedo reclamar si tropiezo con una acera en mal estado?

Adoquines rotos o en mal estado, calles con capas de hojas sin recoger, raíces asomando en las aceras… Cada vez es más habitual que, desde la administración pública, no se proceda a la reparación ni adecuado mantenimiento del mobiliario público urbano, estando el mismo en un triste y decadente estado de conservación, desgaste y abandono.





Caídas por hielo y hojas en las calles

En caso de caídas en vía pública cuando existe nieve y hielo o se acumulan las hojas de los árboles en otoño, hay que tener en cuenta que los ayuntamientos están obligados a activar sus correspondientes planes de emergencia para hielo y nieve y de recogida de las hojas en otoño-invierno. Por otra parte, la jurisprudencia indica que los peatones tienen que extremar la precaución. Solo habrá responsabilidad cuando hay un incumplimiento grave del plan de emergencia o de limpieza especial por parte de los ayuntamientos o las correspondientes administraciones.

El mal estado de la calzada principal causa de caídas y tropiezos

Debido a ello, ocurre a diario y cada vez más frecuentemente que los ciudadanos tropiezan o sufren caídas en la calle como consecuencia de baldosas no fijadas correctamente al pavimento, rejillas o alcantarillas estropeadas -o que están medio sacadas de su lugar correcto-, caídas consecuencia de falta de limpieza, mantenimiento, grietas, hendiduras y desniveles más que notables de la calzada, etc. Esta actuación, además de reprochable políticamente, genera responsabilidades jurídicas y económicas que la administración pública deberá asumir frente al ciudadano tras un accidente.

Obligaciones de la administración pública

Esta obligación de respuesta frente al ciudadano se sustenta en la obligación de mantener en condiciones adecuadas el mobiliario urbano y se concretara en dos actuaciones: reparar el mobiliario causante del accidente y abonar una indemnización, la cual será debe ser cuantificada de forma individualizada y atendiendo al caso concreto, no siendo preceptiva la aplicación del baremo de indemnizaciones de tráfico.

Respecto a la responsabilidad de la administración pública, la misma se sustenta conforme lo dispuesto en el art. 32 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el cual responsabiliza a todas las administraciones públicas por los daños ocasionados por su funcionamiento normal o anormal, al preceptuar que:

Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. La anulación en vía administrativa o por el orden jurisdiccional contencioso administrativo de los actos o disposiciones administrativas no presupone, por sí misma, derecho a la indemnización.

En todo caso, el daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas.

Expuesto lo anterior, queda aconsejar al usuario qué hacer si, andando por la calle, se cae como consecuencia del mal estado del pavimento, por una alcantarilla o por hielo en la acera.

7 sencillos pasos a seguir si te caes en la calle
  1. Una vez te caes, lo primero de todo, es pedir ayuda. Si vas con alguien, éste deberá pedir los datos de las personas que han visto el incidente (con objeto de que declaren a tu favor y expongan el hecho ocurrido ante la administración o ante el Juzgado).
  2. Es habitual que, si vas solo/-a, alguien que ha visto lo ocurrido se pare a ayudarte. En ese caso, además de agradecer el gesto, pídele sus datos para contar con un testigo.
  3. Avisa a la policía municipal y solicita que éstos levanten un atestado de lo sucedido. Dicho atestado recogerá la consecuencia del accidente y será pieza clave en la consecución de tu indemnización por caída en la calle.
     
  4. Es aconsejable que solicites una ambulancia, salvo que la caída por sus circunstancias hagan totalmente innecesaria dicha asistencia. Una vez acudan a atenderte es importante que expliques la zona afectada y le refieras al personal sanitario qué fue lo sucedido.
  5. En el caso de que no acuda una ambulancia a asistirte al lugar del accidente, es importante que tras la caída acudas a un centro médico para que te atiendan y exploren la zona afectada. No lo dejes para más tarde, pues dificultaría relacionar la lesión con la caída, pudiendo incluso imposibilitar la obtención de una indemnización a tu favor por falta de nexo causal.
  6.  Saca fotos del lugar donde te has tropezado procurando que se vea el desperfecto que ha causado tu caída.
  7. Es importante que guardes toda la documentación que te faciliten los sanitarios, así como los justificantes de pago de cualquier gasto que te haya supuesto el percance. Sirviendo en este sentido y a mero título de ejemplo los siguientes documentos: justificantes de taxi, gastos en medicamentos, muletas, silla de ruedas, sesiones de fisioterapia, etc.
Esperamos que estos consejos te sean de ayuda para que puedas tramitar una reclamación por caída en la calle.

Desde AcusVal podemos ayudarte a presentar la reclamación, ponte en contactos con nosotros en

www.acusval.es


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