martes, 14 de enero de 2020

EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN UNA PELUQUERÍA CANINA

A raiz de la fuga y posterior atropello de un perro en una peluquería canina de nuestra localidad desde AcusVal queremos aconsejar la conveniencia, a la hora de concertar este tipo de servicios, de hacerlo mediante un "Contrato de Prestación de Servicios".

Mediante un contrato de prestación de servicios de peluquería canina se establecen las condiciones, plazos y obligaciones de las partes interesadas en que se lleve a cabo el mismo.



La finalidad de este contrato es que la prestación de servicios de peluquería canina se haga efectiva por parte de un profesional, que conoce los adecuados cuidados del animal y la forma óptima de llevar a cabo dichos servicios. En él se deben estipular las obligaciones de cada parte, quedando vinculados en caso de incumplimiento.

Además es conveniente exigir una "nota de entrega o depósito" cuando dejemos al animal en este tipo de instalaciones en la que se especifique la fecha y hora de entrada y la hora prevista de recogida.

Por otra parte el Código Civil, establece cuales son las responsabilidades derivadas de culpa o negligencia por lo que en el caso de que quedara acreditada una de estas dos causas, podría solicitarse una indemnización.

A la hora de llevar tu mascota a una peluquería canina debes tener en cuenta:

  • El centro cuenta con todas las autorizaciones (licencia municipal)
  • Facilitan resguardo de entrega
  • El establecimiento tiene Seguro de Responsabilidad Civil
  • Hay Hojas de Reclamaciones disposición del consumidor
  • Los servicios y las tarifas están debidamente expuestos
  • Los productos (champús, jabón...) están homologados y son aptos para animales
  • Facilitan tique o factura especificando los conceptos por los que se cobra 
  • La peluquería está adherida al Sistema Arbiral de Consumo
  • El personal cuenta con formación
  • Las instalaciones se encuentran limpias y ordenadas y son adecuadas
Ante cualquier duda o incidencia, en AcusVal podemos ayudarte

www.acusval.es

No hay comentarios:

Publicar un comentario