martes, 23 de diciembre de 2025

AÑO NUEVO, TV NUEVA

Desde el 1 de enero, prohibidas las subidas automáticas de volumen en la publicidad televisiva

 
 
A partir del próximo 1 de enero entrará en vigor la prohibición de las subidas automáticas del volumen de las televisiones durante la emisión de espacios publicitarios, una práctica habitual que ha generado durante años molestias y sobresaltos en los hogares.

Desde ACUSVAL valoramos positivamente esta medida, que supone un avance en la protección de los der
echos de las personas consumidoras
y contribuye a frenar una forma de comunicación comercial que puede considerarse publicidad agresiva, al alterar de manera brusca la experiencia del espectador.

La publicidad no debe imponerse mediante el aumento artificial del volumen ni generar situaciones de incomodidad o estrés en el ámbito privado del hogar. Por ello, esta prohibición refuerza el principio de un consumo más respetuoso, equilibrado y responsable.

ACUSVAL recuerda que las personas consumidoras pueden denunciar cualquier incumplimiento de esta normativa ante los organismos competentes.

 

lunes, 1 de diciembre de 2025

Si en tu contrato de alquiler no está la tasa de basuras, no pagues

 ¿𝗧𝘂 𝗮𝗿𝗿𝗲𝗻𝗱𝗮𝗱𝗼𝗿 𝗾𝘂𝗶𝗲𝗿𝗲 𝗰𝗼𝗯𝗿𝗮𝗿𝘁𝗲 𝗹𝗮 𝗧𝗮𝘀𝗮 𝗱𝗲 𝗕𝗮𝘀𝘂𝗿𝗮𝘀 𝗮𝘂𝗻𝗾𝘂𝗲 𝗻𝗼 𝗮𝗽𝗮𝗿𝗲𝘇𝗰𝗮 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗮𝗹𝗾𝘂𝗶𝗹𝗲𝗿? ¿𝗤𝘂𝗲́ 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲𝘀 𝗵𝗮𝗰𝗲𝗿?

𝟭.- 𝗘𝗻𝘃𝗶𝗮𝗿 𝘂𝗻𝗮 𝗻𝗼𝘁𝗶𝗳𝗶𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝗹 𝗮 𝗹𝗮 𝗽𝗿𝗼𝗽𝗶𝗲𝗱𝗮𝗱

Envia una carta o email colectivo (o individual) indicando:

🔸Que el contrato establece que los impuestos municipales los asume la propiedad.

🔸 Que no existe pacto que obligue al inquilino a pagar la tasa de basuras.

🔸 Que, por tanto, no autorizan que se les cargue dicho importe.

𝟮.- 𝗡𝗼 𝗽𝗮𝗴𝗮𝗿 𝗲𝗹 𝗰𝗮𝗿𝗴𝗼 𝗶𝗻𝗱𝗲𝗯𝗶𝗱𝗼

Si la propiedad intenta cobrarlo:

🔸 No estáis obligados a pagarlo si no está pactado en el contrato.

🔸 Si lo cargan por domiciliación, devolver el recibo.

🔸 Importante: 𝗱𝗲𝘃𝗼𝗹𝘃𝗲𝗿 𝘂𝗻 𝗿𝗲𝗰𝗶𝗯𝗼 𝗱𝗲 𝘂𝗻 𝗰𝗼𝗻𝗰𝗲𝗽𝘁𝗼 𝗻𝗼 𝗽𝗮𝗰𝘁𝗮𝗱𝗼 𝗻𝗼 𝗰𝗼𝗻𝘀𝘁𝗶𝘁𝘂𝘆𝗲 𝗶𝗺𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗱𝗲 𝗿𝗲𝗻𝘁𝗮, 𝗻𝗶 𝘀𝗶𝗿𝘃𝗲 𝗱𝗲 𝗰𝗮𝘂𝘀𝗮 𝗹𝗲𝗴𝗮𝗹 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗱𝗲𝘀𝗮𝗵𝘂𝗰𝗶𝗼.

𝟯.- 𝗣𝗲𝗱𝗶𝗿 𝗺𝗲𝗱𝗶𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻

Si la propiedad se mantiene en su postura, puedes acudir a la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor)

𝟰.- 𝗣𝗿𝗲𝘀𝗲𝗻𝘁𝗮𝗿 𝘂𝗻𝗮 𝗿𝗲𝗰𝗹𝗮𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗽𝗼𝗿 𝗰𝗼𝗯𝗿𝗼 𝗶𝗻𝗱𝗲𝗯𝗶𝗱𝗼 𝗮𝗹 𝗷𝘂𝘇𝗴𝗮𝗱𝗼

 

Te facilitamos los siguientes escritos:

1 Modelo de oposición al pago de la tasa

https://drive.google.com/file/d/1ucQufyvmNddnu45BLRz9NW-n1RLNatIM/view?usp=drive_link

2 Modelo de denuncia al juzgado :

https://drive.google.com/file/d/1kxU9J3T2MCCMEarAe0snLUFFJELMckuY/view?usp=sharing
 

miércoles, 19 de noviembre de 2025

Los consumidores durante la dictadura

La defensa de los consumidores durante el franquismo: una historia que aún se desconoce


Cuando hoy hablamos de derechos del consumidor —garantías, información transparente, desistimiento, precios claros o reclamaciones— tendemos a darlos por sentados. Sin embargo, estos derechos son muy recientes en la historia de España. Durante la dictadura franquista (1939–1975), la figura del consumidor no existía jurídicamente y la protección del ciudadano frente a abusos comerciales era prácticamente inexistente.

Una economía pensada para controlar, no para proteger

Tras la Guerra Civil, España vivió casi dos décadas de autarquía,
un sistema económico cerrado donde el Estado intervenía prácticamente todo: precios, producción, distribución y suministro de los bienes básicos. El objetivo del régimen no era garantizar derechos, sino evitar el desabastecimiento y mantener el control político y económico.

En este contexto:

  • Los productos estaban racionados mediante cartillas.
  • La calidad era muy desigual.
  • El mercado negro (“estraperlo”) era muchas veces la única vía para conseguir ciertos bienes.
  • El consumidor no era un sujeto con derechos, sino un receptor pasivo de lo que el Estado decidía.

No existían garantías, ni mecanismos de reclamación, ni información clara. Mucho menos protección frente a publicidad engañosa o productos defectuosos.

Intervencionismo sin derechos (1950–1970)

Incluso cuando la autarquía comenzó a relajarse, el modelo seguía siendo paternalista: el Estado fijaba precios, controlaba la distribución, regulaba pesajes y supervisaba la calidad… pero no desde la perspectiva del consumidor, sino desde el interés del propio Estado y la industria.

Además:

  • Las asociaciones de consumidores estaban prohibidas.
  • No existía un marco jurídico que reconociera al consumidor como parte vulnerable.
  • Las reclamaciones, cuando existían, dependían de organismos administrativos sin neutralidad.

El consumidor seguía en una posición completamente subordinada.

Aperturismo y la tímida modernización de los años 60

El llamado “desarrollismo” de los años 60 impulsó el consumo privado: electrodomésticos, automóviles, muebles… La sociedad empezaba a parecerse a la europea, pero los derechos seguían sin llegar.

Aparecieron las primeras normas técnicas y controles más serios en etiquetado y medidas, pero seguían teniendo un enfoque industrial, no ciudadano.

Solo en los últimos años del franquismo empieza a hablarse tímidamente de “información al consumidor”, aunque siempre con una orientación paternalista y sin ninguna garantía real.

España democrática: nacimiento de los derechos del consumidor

La protección moderna al consumidor llega después de 1978, con:

  • La Constitución, que en su artículo 51 ordena a los poderes públicos garantizar la defensa de consumidores y usuarios.
  • La primera Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (1984).
  • El nacimiento de asociaciones libres.
  • Los sistemas públicos de arbitraje, reclamación y control.
  • Garantías obligatorias, información transparente, etiquetado, seguridad de productos, etc.

En pocas décadas, España pasó de no reconocer al consumidor como sujeto de derechos a tener uno de los marcos más avanzados de la UE.

¿Por qué es importante recordar esta historia?

Porque la defensa del consumidor no es algo automático ni eterno:
Es el resultado de una conquista democrática.

Comprender que durante el franquismo no existían garantías ni derechos permite valorar mejor las herramientas de protección que hoy consideramos normales. También ayuda a reforzar la idea de que una ciudadanía informada y organizada —como la que promueve ACUSVAL— es clave para evitar abusos y exigir transparencia en los mercados.

 

lunes, 3 de noviembre de 2025

¿TASA DE BASURAS PARA INQUILINOS?

 La Tasa de Basuras la debe pagar el propietario, salvo que en el contrato de alquiler se haya pactado expresamente que la pague el inquilino.
Si no está escrito, no te corresponde. 🧾🏠

Si el propietario te quiere hacer pagar, te dejamos aquí un modelo de escrito para reclamar:

 

MODELO DE RECLAMACIÓN TASA DE BASURAS PARA ARRENDADORES 

[Nombre del inquilino]
[Dirección de la vivienda alquilada]
[Tel./Email]

[Lugar], [fecha]

A la atención de:
[Nombre del propietario]
[Dirección del propietario o medio habitual de contacto]

Estimado/a Sr./Sra. [Apellido]:

Por medio de la presente, le comunico que he recibido la solicitud de pago correspondiente a la Tasa de Basuras del inmueble situado en [dirección de la vivienda].

Tras revisar el contrato de arrendamiento, compruebo que no existe pacto expreso que me obligue a asumir dicha tasa. De acuerdo con el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, únicamente pueden repercutirse al inquilino los gastos o tributos cuando así se haya pactado por escrito, y en este caso no consta dicho acuerdo.

Además, según la normativa de Haciendas Locales (RDL 2/2004), el sujeto obligado al pago de esta tasa es el titular del inmueble, salvo pacto expreso en contrario.

Por lo anterior, le comunico respetuosamente que no procede que me sea repercutido el importe de la Tasa de Basuras, permaneciendo usted como responsable de su pago ante el Ayuntamiento.

Quedo a su disposición para cualquier aclaración.

Atentamente,

[Firma]
[Nombre del inquilino]

 

sábado, 25 de octubre de 2025

Recurso contra la Tasa de Basuras

 Desde aquí puedes descargarte nuestro recurso contra la Tasa de Basuras para presentarlo ante el Tribunal Económico Administrativo de Madrid.

Recuerda:

* Tienes que presentarlo a través del Registro Electrónico en este enlace:

 https://sede.comunidad.madrid/impuestos-tasas-precios-publicos/impugnacion-actos/tramitar

 

* El plazo para reclamar es de un mes desde la notificación del acto.

 

* Pulsa el siguiente enlace para descargarte el modelo de reclamación:   

https://drive.google.com/file/d/1oj1aJM3_4qMqXBmG0JG8yC59VLzpjhg8/view?usp=sharing

 


 

jueves, 23 de octubre de 2025

No a la Tasa de Basuras

 

📢 ¡Vecinos de Valdemoro, necesitamos vuestra voz! 📢

La Tasa de Basuras está afectando a familias y comercios; es hora de alzar la voz. Te invitamos a compartir imágenes, opiniones y protestas en tus redes sociales con el hashtag #NoALaTasaDeBasuras para mostrar tu apoyo y generar conciencia.

📸 ¡Cada publicación cuenta! Juntos podemos hacer que nuestras preocupaciones lleguen más lejos.

¡Haz ruido por Valdemoro y por nuestros derechos! 💪🌍

#ValdemoroUnido #TasaDeBasurasNo #NosEscuchanCuandoHablamos

 





 

domingo, 28 de septiembre de 2025

EL CREMATORIO NOS INTOXICA Y LOS POLÍTICOS NO SABEN QUÉ HACER


No basta con que el #crematorio de #Valdemoro tenga en regla su documentación; un coche puede haber pasado la ITV y no estar en condiciones para circular.
 
Si la chimenea expulsa humos y malos olores, se puede requerir a la empresa para que haga una revisión oficial extraordinaria y, mientras, suspender cautelarmente la actividad.
 
Basta ya de malos humos🚸


miércoles, 20 de agosto de 2025

Vuelta al cole . Ahorra reciclando

 

El inicio del curso escolar puede ser un momento de gran gasto para las familias. Sin embargo, con una buena planificación y algunos hábitos inteligentes, es posible reducir significativamente el impacto en el bolsillo. Aquí tienes algunos consejos clave para lograrlo.


Planificación y reutilización: el primer paso

Antes de comprar cualquier cosa, la clave está en saber qué necesitas realmente.

  • Haz un inventario de lo que ya tienes. Revisa en casa todo el material del año anterior, como mochilas, estuches, rotuladores, reglas y cuadernos. A menudo, muchos de estos artículos siguen en buen estado y pueden reutilizarse.

  • Revisa los uniformes. Si tus hijos usan uniforme, comprueba qué prendas todavía les sirven. Si tienen hermanos menores, pueden heredar uniformes, mochilas o material que ya no usen los mayores.

  • Haz una lista de lo que necesitas. Una vez que sepas lo que puedes reutilizar, elabora una lista detallada y céntrate solo en lo que es imprescindible comprar.

  • Establece un presupuesto. Define cuánto puedes y quieres gastar en cada categoría (libros, material, uniformes) y respeta ese límite.


Estrategias de compra inteligentes

Comprar de forma estratégica te ayudará a encontrar las mejores ofertas.

  • Compara precios. No compres en la primera tienda que encuentres. Compara precios en diferentes establecimientos, tanto físicos como en línea, y busca descuentos y ofertas. La diferencia de precio entre tiendas puede ser notable.

  • Considera las compras de segunda mano. Las asociaciones de padres y madres (AMPAs) a menudo organizan mercados o programas de intercambio de libros de texto y uniformes de segunda mano. Es una excelente opción para ahorrar y fomentar el consumo colaborativo.

  • Aprovecha las ofertas. Muchas tiendas ofrecen descuentos por compras agrupadas o packs de material escolar. Si tienes varios hijos o necesitas muchos artículos, estos paquetes pueden ser una buena opción.

  • Compra con antelación o poco a poco. Si planificas las compras con tiempo, podrás aprovecharlas cuando haya ofertas y evitar las prisas de última hora. Otra opción es comprar lo más urgente al principio y dejar el resto para más adelante, así el gasto no se concentra en un solo mes.

  • Deja a los niños en casa. Si es posible, ve a comprar el material sin los niños. De esta manera, evitarás la tentación de comprar artículos de marca o con personajes de moda, que suelen ser más caros.


Otras formas de ahorro

Además del material, hay otras áreas donde se puede reducir el gasto.

  • Programas de préstamo de libros. Infórmate sobre los programas de préstamo de libros de texto. Esto puede eliminar uno de los mayores gastos del comienzo del curso.

  • Utiliza las bibliotecas públicas. Para las lecturas recomendadas por el colegio, en lugar de comprarlas, consulta si están disponibles en la biblioteca pública.

  • Haz tus propios bocadillos y meriendas. En lugar de comprar bollería industrial o bebidas azucaradas, prepara en casa bocadillos y snacks saludables, incluyendo fruta. Esto no solo es bueno para la salud de tus hijos, sino que también supone un ahorro significativo a largo plazo.

Si aplicas estos consejos, verás cómo el regreso a clases puede ser más llevadero para tu economía familiar. ¿Has probado alguna de estas estrategias antes?

martes, 29 de julio de 2025

Créditos rápidos: caer en un pozo sin fondo

 

Los créditos rápidos, también conocidos como microcréditos o minicréditos, pueden parecer una solución sencilla y rápida para problemas económicos puntuales, pero conllevan peligros significativos para los consumidores que, a menudo, los usan en situaciones de vulnerabilidad. Estos son los principales riesgos:

  1. Intereses y comisiones excesivamente altos: Este es, sin duda, el mayor peligro. Los créditos rápidos suelen tener tasas de interés (TAE) desproporcionadamente altas, que pueden llegar a superar el 2.000%, el 3.000% o incluso el 24.000% TAE. Además de los intereses, se aplican comisiones por apertura, estudio, gestión y, sobre todo, por demora en el pago, que pueden ser muy elevadas.

  2. Sobreendeudamiento: La facilidad con la que se conceden estos préstamos, a menudo sin un estudio de solvencia adecuado, puede llevar a los consumidores a solicitar múltiples créditos para pagar deudas anteriores o para cubrir necesidades básicas. Esto crea una "espiral de deuda" de la que es muy difícil salir, ya que las deudas se acumulan rápidamente debido a los altos intereses y comisiones.

  3. Plazos de devolución muy cortos: Los créditos rápidos suelen tener plazos de devolución muy breves (incluso menos de un mes). Esto dificulta que el consumidor pueda hacer frente al pago en la fecha estipulada, lo que lo lleva a incurrir en intereses y comisiones de demora aún mayores.

  4. Prácticas abusivas y falta de transparencia: No todas las empresas que ofrecen minicréditos están reguladas por el Banco de España ni sujetas a la normativa de protección al consumidor. Esto puede dar lugar a cláusulas abusivas, falta de información clara sobre las condiciones del préstamo y, en algunos casos, a prácticas de presión para el cobro.

  5. Desinformación y vulnerabilidad del consumidor: Muchas personas que recurren a estos préstamos se encuentran en situaciones económicas complicadas y pueden no ser plenamente conscientes de las consecuencias del impago o de las penalizaciones por pedir una prórroga. Algunas empresas se aprovechan de esta vulnerabilidad, basando su modelo de negocio en los impagos y las comisiones asociadas.

  6. Inclusión en listas de morosos: El impago de un crédito rápido puede llevar al consumidor a ser incluido en listas de morosos (como ASNEF), lo que dificulta el acceso a financiación en el futuro o a otros servicios.

  7. Garantías desproporcionadas: En algunos casos, se puede solicitar al consumidor ofrecer bienes (como su vivienda o su coche) como garantía del préstamo. Si no se puede hacer frente al pago, se corre el riesgo de perder estos bienes.

En resumen, aunque los créditos rápidos ofrecen inmediatez, sus elevados costes y la facilidad para caer en un ciclo de endeudamiento los convierten en una opción financiera de alto riesgo que debe ser considerada con extrema precaución y, preferiblemente, evitarse a menos que sea una emergencia absolutamente justificada y el consumidor tenga la certeza de poder devolver el dinero en el plazo y las condiciones establecidas. Es fundamental leer la letra pequeña y entender todas las implicaciones antes de solicitar uno.

domingo, 22 de junio de 2025

Reserva de libros de texto con garantías

 

¿Vas a reservar tus libros de texto?

¿Cuáles son tus derechos?

La reserva de libros de texto en papelerías, superficies comerciales o en los propios colegios  es una práctica muy común en estas fechas. Como consumidor, tienes una serie de derechos que te protegen en esta transacción, principalmente amparados por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Aquí te detallamos los principales derechos que te asisten:

1. Derecho a la información clara y completa:

  • Precio total: El establecimiento debe informarte de forma clara, visible y legible sobre el precio final de los libros, incluyendo el IVA y cualquier otro recargo o descuento aplicable.
  • Identificación del vendedor: Debes conocer la razón social, NIF, domicilio y datos de contacto del establecimiento.
  • Características esenciales de los libros: Títulos, autores, editoriales, ISBN, edición, y cualquier otra característica relevante.
  • Condiciones de la reserva: Plazo de entrega de los libros, forma de pago (si se exige un adelanto, señal o pago completo), y la política de la papelería respecto a posibles cambios o anulaciones.
  • Disponibilidad: Si algún libro no está disponible o va a sufrir un retraso, deben informarte de ello.
  • Política de devoluciones y cambios: Muy importante en el caso de los libros de texto, dado que las listas pueden cambiar o puede haber errores en la reserva. Deben informarte claramente sobre los plazos y condiciones para devolver o cambiar los libros (siempre que estén en perfecto estado y sin usar). Es común que las papelerías amplíen el plazo legal de devolución para libros de texto por la casuística de los cambios de curso o listas.

2. Derecho a la entrega del producto en las condiciones pactadas:

  • Plazo de entrega: Los libros deben ser entregados en el plazo acordado. Si hay un retraso significativo y no justificado, puedes exigir el cumplimiento o la resolución del contrato con la devolución de la cantidad abonada.
  • Conformidad con la reserva: Deben entregarte exactamente los libros que has reservado, en la edición y estado correctos. Si hay un error, tienen la obligación de corregirlo.
  • Libros en perfecto estado: Los libros deben entregarse sin defectos, roturas, manchas o cualquier otro daño.

3. Derecho de desistimiento (aplicable en ciertos casos):

El derecho de desistimiento, que te permite anular una compra sin justificación y sin penalización, es una garantía legal. Sin embargo, su aplicación a la compraventa presencial (en una papelería física) es limitada:

  • Compras presenciales: En general, la Ley no establece un derecho de desistimiento para las compras realizadas directamente en un establecimiento físico, a menos que la papelería lo ofrezca voluntariamente como política comercial (lo cual es frecuente en el caso de libros de texto, como se mencionó en el punto 1). En estos casos, la devolución suele estar supeditada a que el producto esté sin usar y en perfectas condiciones, y dentro de un plazo determinado.
  • Compras a distancia (online, teléfono…): Si la reserva se realiza a través de la página web del establecimiento o por teléfono, sí tienes un derecho de desistimiento de 14 días naturales desde la recepción de los libros. En este caso, puedes desistir sin necesidad de justificación y sin penalización, aunque los gastos de devolución podrían correr de tu cuenta si la papelería te informó previamente de ello.

4. Derecho a la garantía y reclamación:

  • Libros defectuosos: Si un libro presenta algún defecto de fabricación (páginas en blanco, encuadernación defectuosa, etc.), tienes derecho a que te lo cambien por uno nuevo o a la devolución del dinero, independientemente del plazo de devolución comercial. Este derecho se enmarca en la garantía legal del producto.
  • Hoja de reclamaciones: La papelería tiene la obligación de disponer de hojas de reclamaciones a disposición de los clientes. Si no estás satisfecho con la atención o la resolución de un problema, puedes solicitarla y presentar tu queja. Además de la hoja de reclamaciones, puedes acudir a las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), las asociaciones de consumidores o, en última instancia, a los tribunales.

5. Derecho a la protección de datos:

  • El establecimiento debe cumplir con la normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD) al recabar tus datos personales para la reserva. Deben informarte sobre la finalidad del tratamiento de tus datos, tus derechos (acceso, rectificación, supresión, etc.) y no utilizarlos para fines no consentidos.

Consejos adicionales al reservar libros:

  • Pide un comprobante: Asegúrate siempre de obtener un justificante de la reserva donde consten los títulos, precios, la cantidad entregada como señal y la fecha de entrega prevista.
  • Lee las condiciones: Revisa las condiciones de la reserva y la política de cambios y devoluciones antes de confirmarla.
  • Conserva los tickets: Guarda todos los tickets y comprobantes de pago.
  • Verifica los libros al recogerlos: Revisa que los libros sean los correctos y estén en buen estado antes de salir del punto de venta o recogida.

En resumen, aunque la reserva de libros de texto es una compra presencial con ciertas particularidades, los derechos básicos del consumidor, especialmente en cuanto a información, conformidad del producto y posibilidad de reclamación, están plenamente garantizados por la legislación española.

 

sábado, 21 de junio de 2025

¿Mandas dinero a tu país? ¿Sabes cuáles son tus derechos?

En España, al enviar dinero, los usuarios tienen derechos que garantizan la transparencia, seguridad y protección de sus transacciones. Estos derechos incluyen el derecho a la información clara y completa sobre las condiciones del servicio, el derecho a recibir el dinero enviado en las condiciones pactadas, y el derecho a la protección de sus datos personales. Además, existen obligaciones de declarar movimientos de efectivo superiores a ciertas cantidades, tanto para entradas/salidas de España como para movimientos internos. 

 

Derechos de los usuarios de empresas de envío de dinero:

  • Derecho a la información:

Los usuarios tienen derecho a recibir información clara y completa sobre las condiciones del servicio de envío de dinero, incluyendo tarifas, tipo de cambio (si aplica), plazos de entrega, y la identificación del proveedor del servicio.

  • Derecho a la seguridad de la transacción:

Las empresas que ofrecen servicios de envío de dinero están obligadas a garantizar la seguridad de las transacciones y a proteger los fondos enviados hasta que lleguen a su destino. Para ello están sujetas a un registro obligatorio y a regulaciones específicas, principalmente ante el Banco de España. Este registro y las normativas aplicables buscan garantizar la transparencia, seguridad y prevención del fraude en las operaciones de envío de dinero.

  • Derecho a la protección de datos personales:

Los usuarios tienen derecho a que sus datos personales sean tratados de forma segura y confidencial, de acuerdo con la legislación de protección de datos.

  • Derecho al cumplimiento del contrato:

Las empresas deben cumplir con los términos y condiciones acordados en el contrato de envío de dinero, incluyendo la entrega del dinero en el plazo y forma especificados.

  • Derecho a reclamar:

Si existen problemas con el envío de dinero, los usuarios tienen derecho a presentar reclamaciones y recibir una respuesta por parte de la empresa.